separación de padresLa separacion es la decisión de una pareja de terminar con la convivencia y la vida matrimonial. Esto implica que cada uno de los conyuges haga su vida de forma absolutamente independiente. Sin embargo, la separación de los padres no implica disolución del vínculo conyugal, por lo que no podrán contraer matrimonio con otras personas.

Para disolver el vinculo legalmente, es necesario divorciarse. Ya sea que la pareja se separe o se divorcie, en caso de existir hijos, es recomendable llegar a un acuerdo sobre su cuidado y manutención.

De no existir acuerdo, en ambos casos se puede acudir a la justicia para que sea esta quién determine las condiciones de guarda y custodia de los menores. A continuación, veremos algunos elementos para conocer cuáles son los tipos de separación de los padres y sus efectos sobre los hijos.

Tipos de separación de los padres

Para evitar confusiones, es necesario aclarar que la separación y el divorcio son dos cosas legalmente diferentes. Generalmente, se utiliza indistintamente uno u otro termino para referirse al hecho de que una pareja haya dejado de convivir. Sin embargo, desde el punto de vista legal, se trata de dos figuras muy diferentes en cuanto a sus efectos.

La separación no termina con el vinculo matrimonial, por lo que una persona separada no podrá casarse con otra persona. Asimismo, si los conyuges separados se reconcilian, no necesitaran contraer matrimonio de nuevo, ya que el vinculo no se habra disuelto. Aunque la separacion muchas veces es un paso previo al divorcio, no siempre es así.

En lo que se refiere a las medidas que se determinen para el cuidado de los hijos, si existieran, los efectos seran los mismos en los dos casos. Tanto en la separación como en el divorcio, se deberá definir un régimen de visitas, la guarda y custodia, y la pensión alimenticia.

Existen, principalmente, dos formas de separación: la separación de hecho y la separacion judicial; ambas tienen efectos legales y patrimoniales. La separacion de hecho es, muchas veces, un paso previo al final de la vida matrimonial, que no supone un proceso judicial.

La separación judicial o legal requiere la presentación de una demanda de separación, asi como una sentencia judicial posterior. A partir de esa sentencia, el matrimonio estará legalmente suspendido, por lo que cada miembro de la pareja tendra la posibilidad de decidir libremente sobre sus bienes. La separación judicial puede ser de mutuo acuerdo o contenciosa.

La custodia de los hijos

La decisión de la custodia de los hijos sigue los mismos procedimientos y consideraciones en caso de separación de hecho, separacion legal o divorcio. Si existe un acuerdo entre las partes, que siempre es lo mas aconsejable, el juez debera ratificar la decision de los padres. Podria no hacerlo en caso de que considere que existe algún riesgo para los menores.

Si los padres no han podido llegar a un acuerdo, el juez deberá tomar las decisiones relativas al cuidado de los menores. Lo hará después de escuchar a las partes y, de ser el caso, al Ministerio Fiscal. El juez decidira sobre la custodia de los hijos.

Para tomar esta decisión, se tomara en consideración al progenitor que ejercia con mayor intensidad la custodia antes de la demanda de separación o divorcio que, generalmente, son las mujeres. Últimamente hay cada vez mas casos de custodia compartida o de padres que obtienen la custodia.

Las estadisticas muestran que son ellas las que solicitan mas reducciones de jornada laboral por el cuidado de sus hijos e, incluso, muchas veces abandonan temporalmente el trabajo por esa misma razón. Es por eso que el juez otorga con mayor frecuencia la custodia a las madres.

La pensión alimenticia

Ya sea que los padres se separen o se divorcien, se deberá definir la pensión alimenticia de los hijos. En este caso, tambien podra establecerse por mutuo acuerdo o por sentencia judicial. La pensión de alimentos es obligatoria pero, además, se puede establecer una pensión compensatoria, que es opcional.

El monto de la pension de alimentos depende de cada caso particular, y son los conyuges quienes deben fijar su cuantia, periodicidad y forma de pago. De no existir acuerdo, sera el juez quién lo haga, en función de los ingresos de los conyuges y de las necesidades del menor no emancipado.