2 Semanas mas de Licencia Para las Mamas en Colombia
La licencia de maternidad paso de 12 a 14 semanas. El proyecto de ley fue aprobado en su primer debate, en la comision septima y tambien se plantea aumentar los dias de licencia para los padres de 8 a 15 dias. El proposito es garantizar un mayor periodo de lactancia para el recien nacido, ofreciendole tambien a la madre una mejor calidad de vida y menos permisos laborales.
Licencia de maternidad pre-parto
Esta sera de 2 semanas antes de la fecha probable de parto, debidamente acreditada.
Si por alguna razon medica no puedes optar por estas 2 semanas previas a tu parto, podras tener tu licencia de 14 semanas durante el postparto. Asi mismo, podras trasladar 1 de las 2 semanas de tu licencia para disfrutarla con posterioridad al parto, en este caso tendrias 13 semanas postparto y 1 semana preparto.
Licencia de Maternidad Postparto
Esta licencia cuenta con una duracion de 12 semanas que comenzarian a contar desde el momento de tu parto, o de 13, de acuerdo a lo que mencionamos anteriormente.
Tu esposo o companero, tendra derecho a 8 dias habiles de licencia de paternidad remunerada. Esta licencia remunerada es incompatible con la licencia de calamidad domestica, y en caso de que hayan solicitado esta última por el nacimiento del bebe, se descontaran estos dias de la licencia remunerada de paternidad.
Como Debes Tramitar Tu Licencia de Maternidad
Como trabajadora, debes presentar a tu empleador un certificado medico el cual debe tener la siguiente informacion:
Tu estado de embarazo
Indicacion de tu fecha probable de parto
Indicacion del dia desde el cual deseas que comience la licencia, teniendo en cuenta que puedes tomarte hasta 2 semanas antes de tu fecha estimada de parto.
En caso de que tu bebe sea prematuro, deberas anexar el certificado de nacido vivo y una certificacion expedida por tu medico en la cual se especifique diferencia entre la edad gestacional y el nacimiento a termino, con la finalidad de determinar cuantas semanas deberas ampliarse a tu licencia de maternidad.
Quien Debera Cubrir tu Licencia de Maternidad?
Tu licencia de maternidad debera ser pagada directamente por tu empleador, quien luego podra descontarla a la EPS a la cual te encuentres afiliada.
El articulo 236 del codigo sustantivo del trabajo dice que la licencia de maternidad corresponde al salario que devengues al momento de entrar a disfrutar de tu licencia de maternidad.
Si eres trabajadora independiente, tu Eps reconocera tu licencia sobre el ingreso base de tu cotizacion.
Con esta nueva ley se esta garantizando el derecho a la salud, la seguridad alimentaria y el derecho a las buenas condiciones de vida de tu recien nacido. La Organizacion Mundial de la Salud manifiesta que la etapa ideal para que se garantice la lactancia materna es de los primeros 6 meses de vida